Servicios exequiales coopserfun (los olivos)

AFILIADO PRINCIPAL O TITULAR. Es la persona natural que forma parte integrante del grupo afiliado, por lo tanto, tiene derecho a afiliar a su núcleo familiar estipulado en el presente contrato y según el plan de previsión exequial que se fije en los Anexos que se suscriban o llegaren a suscribir por las partes en virtud del presente contrato.

GRUPO FAMILIAR BENEFICIARIO: Son las personas declaradas, registradas, que cumplen y acreditan con los documentos legalmente válidos su vínculo de consanguinidad, afinidad o parentesco civil con el afiliado principal, quienes pueden gozar de la protección exequial ofrecida en este documento.

AFILIADO ACTIVO. Es la persona que ha sido debidamente informada por parte del contratante a COOPSERFUN, para ser objeto de protección exequial y que cumpla con las condiciones de edad, parentesco, vigencia y condiciones especiales previstas en este contrato.

AFILIADO ADICIONAL: Es la persona que, aunque no pertenece al grupo familiar básico puede afiliarse mediante el pago de una cuota adicional.

PERIODO DE CARENCIA: Es el tiempo transcurrido desde la fecha de la inclusión del afiliado al contrato, durante el cual no se cuenta con cobertura del servicio exequial.

MUERTE ACCIDENTAL:  Para efectos del presente contrato se entenderá como Muerte Accidental el suceso imprevisto, violento de origen externo que no haya sido provocado deliberadamente por el Afiliado. H. DEUDO. Persona consanguínea ascendiente, descendiente o colateral o con vínculo de afinidad o civil a cargo del cadáver.

AUXILIO O COMPENSACION: Es el valor que se otorga al AFILIADO PRINCIPAL o en su ausencia por fallecimiento al familiar o tercero que demuestre haber sufragado los gastos funerarios de alguno de los miembros del grupo familiar beneficiario, en aquellos lugares de la geografía nacional colombiana donde no haya presencia de la Red Nacional LOS OLIVOS o no se cuente con funerarias en convenio para la prestación de los servicios.

COBERTURA. Corresponde al cubrimiento del plan de previsión exequial a nivel geográfico; de conformación del grupo familiar y condiciones del servicio fijadas en el presente contrato.

CONFORMACION GRUPO FAMILIAR: Para efectos del plan de previsión exequial estipulado en este contrato, el grupo familiar del afiliado principal estará conformado de acuerdo con las condiciones descritas en el presente documento y los anexos que se llegaren a suscribir entre las partes y que hacen parte integrante de este.



Grupo familiar integral unifamiliar.

  1. a) Afiliado Principal (Sin límite de edad para el ingreso y sin límite de edad de permanencia).
  2. b) Dos (2) beneficiarios (Sin límite de edad para el ingreso y sin límite de edad de permanencia) entre padres, suegros y/o cónyuge.
  3. c) Cuatro (4) beneficiarios menores de sesenta y cuatro (64) años y trescientos sesenta y cinco días (365) días de edad para el ingreso y sin límite de edad de permanencia entre: Hermanos, Hijos, Suegros, Nietos, Tíos, Sobrinos, Yernos, Padrastros, Hijastros, Nueras, Abuelos, Primos, Hermanastros, Bisnietos, Cuñados, Personal del servicio doméstico.

Costo mensual $9.100

Grupo familiar integral diez.

  1. a) Afiliado Principal (Sin límite de edad para el ingreso y sin límite de edad de permanencia).
  2. b) Dos (2) beneficiarios (Sin límite de edad para el ingreso y sin límite de edad de permanencia) entre padres, suegros y/o cónyuge.
  3. c) Siete (7) beneficiarios menores de sesenta y cuatro (64) años y trescientos sesenta y cinco días (365) días de edad para el ingreso y sin límite de edad de permanencia entre: Hermanos, Hijos, Suegros, Nietos, Tíos, Sobrinos, Yernos, Padrastros, Hijastros, Nueras, Abuelos, Primos, Hermanastros, Bisnietos, Cuñados, Personal del servicio doméstico.

Costo mensual $12.360

SERVICIOS:
En caso de presentarse el fallecimiento del afiliado principal o de alguno de sus beneficiarios o de un miembro de su grupo adicional debidamente inscritos en cualquiera de sus modalidades, dentro de la vigencia en curso. COOPSERFUN se compromete a prestar con base en el presente contrato, los siguientes servicios y beneficios del Plan de Previsión Familiar en Grupo, con cobertura nacional a través de las funerarias adscritas a la Red Nacional LOS OLIVOS como se describe a continuación:
EN LA A FILIACION: 1) Atención y consulta permanente. 2) Cubrimiento del servicio dentro del territorio nacional.
EN EL DECESO: 1) Atención y orientación todo el año las 24 horas del día a través de la Central de Información teléfono 3404055 en Bogotá, 018000911134 a nivel nacional y #317 para operadores para operadores Movistar, Claro, Tigo y Avantel. 2) Traslado inicial del cuerpo del fallecido desde el lugar de defunción hasta el laboratorio de la funeraria de la Red Nacional LOS OLIVOS en una distancia de hasta 80 Km., dentro del perímetro urbano del lugar donde se encuentre la sede de LOS OLIVOS, por vía terrestre transitable para vehículos funerarios. 3) Traslado nacional del cuerpo del afiliado fallecido, por vía terrestre transitable para vehículos funerarios, limitado a un perímetro de hasta 300 km., o traslado nacional por vía aérea en vuelos comerciales, equivalente a un trayecto y de acuerdo discreción del capitán de la aeronave según como lo establecen las normas y directrices de la Aeronáutica Civil. para los traslados terrestres como aéreos no son ajenos a las implicaciones que, por fuerza mayor, como de orden público, de orden legal, por afectación de vías, por afectación climatológica, etc.; puedan retrasar la entrega del cuerpo o modificar el trayecto inicialmente acordado. Adicionalmente COOPSERFU N debe cumplir con los protocolos y disposiciones que para tal efecto dispongan las aerolíneas y las autoridades aeroportuarias; por lo tanto, los retrasos, embalaje y demás situaciones particulares, dependerán de tal cumplimiento, lo cual el CONTRATANTE acepta y reconoce. 4) Pago de impuestos de inhumación, diligencias ante la Secretaria de Salud y registro notarial (El certificado médico de defunción lo deben aportar los familiares). 5) Arreglo del Cuerpo en los Laboratorios de las Funerarias adscritas a la Red Nacional LOS OLIVOS y proceso de preservación que garantiza su presentación para la Velación. 6) Suministro de cofre o ataúd en cualquiera de las referencias designadas por COOPSERFUN para los planes descritos en el presente contrato o sus anexos.
DURANTE LA VELACIÓN: 1) Salas de velación hasta por 24 horas excepto en el Departamento de Antioquia, donde el servicio de velación es hasta por 12 horas. 2) Una ofrenda floral. 3) Conjunto recordatorio (Libro de oración, Registro de asistencia y Denario). 4) Servicios de

cafetería (tinto, aromática y agua). 5) Servicio de teléfono y fax local (en donde exista este servicio). 6) Una serie de hasta seis (6) carteles.

EN EL CORTEJO: 1) Cinta membreteada con el nombre del afiliado fallecido. 2) Honras fúnebres o misa de exequias. Para los servicios prestados en la ciudad de Bogotá, el cubrimiento del monto máximo de la misa de exequias a cargo de COOPSREFUN corresponderá al fijado por la Diócesis que corresponda como arancel eclesiástico. 3) Transporte público urbano local desde la sala de velación al sitio de exequias y destino final, para acompañantes, hasta 25 personas, en ciudades capitales y ciudades intermedias con más de 30.000 habitantes. 4) Traslados en carroza al lugar de las honras fúnebres o misa de exequias y al sitio del destino final por vía transitable para vehículo funerario, siempre y cuando se encuentre dentro del mismo perímetro urbano del lugar de la velación.

DESTINO FINAL: Las opciones para el destino final son las que a continuación se enuncian, salvo que se pacte lo contrario, las cuales son excluyentes entre sí: 1) Uso temporal de lote o bóveda para la inhumación hasta por (4) años, en cementerios distritales, municipales o privados, de acuerdo con las condiciones del Plan de Previsión Exequial adquirido y los convenios que tengan las funerarias adscritas a la Red Nacional LOS OLIVOS hasta por la suma equivalente a 2.3 smmlv*. PARAGRAFO 1: En caso de que el tiempo reglamentado por el cementerio sea menor, se aplica el límite establecido por éste. PARAGRAFO 2: Se incluye osario, de acuerdo con los convenios que tengan las funerarias adscritas a la Red Nacional LOS OLIVOS, hasta por la suma equivalente a 0.5 smmlv*. y se entregará al momento de la exhumación siempre que el afiliado haya permanecido vinculado ininterrumpidamente en el plan: 2) Creación en cementerios privados, distritales o municipales, de acuerdo con los convenios que tengan las funerarias adscritas a la Red Nacional LOS OLIVOS hasta por la suma equivalente a 2.3 smmlv 1. (Se incluye una urna para las cenizas y el cofre o ataúd es de propiedad de la Red Nacional LOS OLIVOS). PARAGRAFO 3: Se incluye cenizario, de acuerdo con los convenios que tenga la Red Nacional LOS OLIVOS, hasjfl por la suma equivalente a 0.5 smmlv. Si posee lote o bóveda se pagarán, derechos de administración hasta por una suma equivalente a 2.3 smm lv, por una sola vez y previa demostración de su adquisición, bien sea mediante la factura original de compra del Lote o Bóveda (La factura de venta deberá cumplir los requisitos establecidos por las normas estableadas por el Código de Comercio, las exigencias de la DIAN o Certificación Original de la adquisición emitida por la respectiva entidad oferente o copia de la escritura pública de compraventa).

SERVICIOS POST-EXEQUIA LES: 1) Misa colectiva del mes (Donde exista este servicio). 2) Misa colectiva de aniversario (Donde exista este servicio). 3) Asistencia de familiares en proceso de manejo de duelo donde exista este servicio. 4) Se reconoce el valor del flete correspondiente a la repatriación de las cenizas hasta por un valor equivalente a 1.5 smmlv, salvo pacto en contrario. En caso de requerir servicios adicionales diferentes a los establecidos para el presente contrato, se deberá sufragar el respectivo excedente o valor por parte del afiliado principal, los familiares o quienes soliciten el servicio funerario.  PARÁGRAFO 1: Para efecto de la reclamación de los valores previstos en el acápite de destino final numerales 1 y 2 el afiliado principal deberá presentar la solicitud aportando los siguientes documentos: Factura original o certificación origina l de compra emitida por el vendedor o copia de la escritura pública de compraventa del Lote, Bóveda, Osario o Cenizario, registro civil de defunción original, los cuales deberán cumplir los requisitos establecidos por las normas legales vigentes.

DOCUMENTOS NECESARIOS PARA LA ATENCIÓN DE LA SOLICITUD: Para la solicitud de la prestación de los servicios funerarios de que trata este documento se deberán presentar a COOPSERFUN o la funeraria de la Red Nacional LOS OLIVOS los siguientes documentos: 1) Fotocopia legible del documento de identidad del fallecido. 2) Original del documento legal que acredite el parentesco entre el fallecido y el Afiliado Principal cuando en la afiliación inicial no se hayan detallado los beneficiarios. Cuando en los archivos físicos y/o magnéticos de la entidad CONTRATANTE existan los documentos aquí Señalados: deberá suministrarlos a COOPSERFUN en el momento de la prestación del servicio funerario. 3)  Cert1f1cado medico de defunción.

AUXILIO O COMPENSACIÓN: Cuando en las líneas de atención telefónica dispuestas en este contrato se reporte el fallecimiento del afiliado principal o de alguno de sus beneficiarios o de un miembro de su grupo adicional debidamente relacionados en un lugar en el cual no existan funerarias adscritas a la Red Nacional LOS OLIVOS , o por imposibilidad logística no se prestara el servicio funerario; COOPSERFUN reconocerá un auxilio o compensación de acuerdo con el valor pagado por tal concepto con un límite máximo de 2.72 SMMLV, previa presentación de la solicitud y comprobación de la ocurrencia del fallecimiento. Para afiliados menores de siete (7) años, COOPSERFUN reconocerá hasta el cincuenta por ciento (50%) de la suma pactada indicada en la presente cláusula. En consideración a lo anterior, COOPSERFUN no aceptará ni pagará el auxilio o compensación señalada en la presente cláusula respecto a los servicios diferentes, adicionales o con calidades diferentes a los establecidos en el presente contrato. Para la solicitud del auxilio o compensación, se deberán presentar los siguientes documentos: 1) Carta de solicitud del auxilio o compensación. 2) Copia original o fotocopia auténtica del registro civil de defunción. 3) Originales de las facturas de los gastos funerarios debidamente canceladas, las cuales deben cumplir con las exigencias mínimas establecidas por la DIAN. 4) Original o Fotocopia del Documento legal que acredite el parentesco entre el Afiliado Principal y el fallecido cuando en la afiliación inicial no se haya detallado el Grupo Familiar del Afiliado. 5) Fotocopia del documento de identidad del fallecido y de la persona que sufragó los gastos funerarios.  PARAGRAFO 1. Si el afiliado principal o alguno de sus beneficiar ios o un miembro de su grupo adicional, debidamente inscritos, fallece en Bogotá o en un lugar donde exista una Sede de la Red Nacional LOS OLIVOS y no se utilizan los servicios funerarios cubiertos por este contrato, se pierde el derecho al auxilio o compensación aquí referido o a cualquier tipo de compensación. En todo caso el CONTRATANTE tiene la obligación de informar a cada uno de los AFILIADOS PRINCIPALES del Plan de Previsión Exequial, sus condiciones de uso, cobertura, carencia, grupo familiar y demás características particulares que le permitan ejercer sus derechos y cumplir sus obligaciones de forma efectiva. PARAGRAFO 2. La solicitud de pago del auxilio o compensación contenidos en las Cláusulas Séptima y/o Novena del presente contrato, deberá realizarla el afiliado principal o ante su fallecimiento quien demuestre haber sufragado dichos gastos. PLAZO PARA LA PRESENTACION DE LA SOLICITUD: Para la solicitud de auxilio funerario, compensación y demás servicios señalados en las cláusulas sexta y novena del presente contrato, se tendrá un plazo de noventa (90) días calendario contados a partir de la fecha del fallecimiento del afiliado principal, o de alguno de sus beneficiarios o de un miembro de su grupo adicional, debidamente relacionados.